Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales

Artículo 54. Limitaciones a la facultad de contratar con la Administración

Capítulo VII. Responsabilidades y sanciones

En pocas palabras

Las limitaciones a la facultad de contratar con la Administración por la comisión de delitos o por infracciones administrativas muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo se rigen por lo establecido en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

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Texto del artículo 54 de la Ley 31/1995 (LPRL)

Las limitaciones a la facultad de contratar con la Administración por la comisión de delitos o por infracciones administrativas muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo, se regirán por lo establecido en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

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