Orden de 12 de diciembre de 2005, de la nómina general de la Junta de Andalucía
Artículo 10. Cuerpo de la nómina
En pocas palabras
El cuerpo de la nómina es la relación nominal de todos los perceptores, ordenada por clases de personal, que comprende además las descripciones referentes a la información de cabecera, los datos personales, las retribuciones y los descuentos. Se divide por Consejerías y Organismos Autónomos y puede subdividirse en unidades orgánicas inferiores.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 10 de la Orden de 12 de diciembre de 2005 (ONG)
1. Constituirá el cuerpo de la nómina la relación nominal de todos los perceptores, ordenada por clases de personal comprendiendo, además, las descripciones referentes a la información de cabecera, los datos personales, retribuciones y descuentos. 2. El cuerpo de la nómina se dividirá por Consejerías y Organismos Autónomos y podrá subdividirse en unidades orgánicas inferiores.
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