Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público

Artículo 143. Cooperación entre Administraciones Públicas

Título III. Relaciones interadministrativas›Capítulo III. Relaciones de cooperación›Sección 1.ª. Técnicas de cooperación

En pocas palabras

Las Administraciones cooperarán al servicio del interés general y podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que mejor sirva a ese principio. La formalización de relaciones de cooperación requiere la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 143 de la Ley 40/2015 (LRJSP)

1. Las Administraciones cooperarán al servicio del interés general y podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que mejor sirva a este principio. 2. La formalización de relaciones de cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

Practica Ley 40/2015 (LRJSP) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley 40/2015 (LRJSP)