Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
Artículo 132. Planificación normativa
Título VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones
En pocas palabras
Anualmente, las Administraciones Públicas harán público un Plan Anual Normativo con las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente. Una vez aprobado, se publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración correspondiente. El precepto fue declarado contrario al orden constitucional de competencias, en su aplicación a las Comunidades Autónomas, por la Sentencia del Tribunal Constitucional 55/2018.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 132 de la Ley 39/2015 (LPAC)
1. Anualmente, las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente. 2. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente. Se declara contrario al orden constitucional de competencias en los términos del f.j. 7 b) y 7 c) por Sentencia del TC 55/2018, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2018-8574
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
Practica Ley 39/2015 (LPAC) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.