Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
Artículo 116. Causas de inadmisión
Título V. De la revisión de los actos en vía administrativa›Capítulo II. Recursos administrativos›Sección 1.ª. Principios generales
Ha caído en 1 examen oficial del IAAP
- C1.1000 · promoción interna · OEP 2022/2023 · ejercicio único
Oposiciones de la Junta de Andalucía. Qué exámenes tenemos
En pocas palabras
Son causas de inadmisión del recurso: ser incompetente el órgano cuando el competente pertenezca a otra Administración —en cuyo caso el recurso deberá remitirse al competente—; carecer de legitimación el recurrente; tratarse de un acto no susceptible de recurso; haber transcurrido el plazo de interposición; y carecer manifiestamente de fundamento.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 116 de la Ley 39/2015 (LPAC)
Serán causas de inadmisión las siguientes: a) Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a otra Administración Pública. El recurso deberá remitirse al órgano competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. b) Carecer de legitimación el recurrente. c) Tratarse de un acto no susceptible de recurso. d) Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso. e) Carecer el recurso manifiestamente de fundamento.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Una es de exámenes oficiales del IAAP, con la respuesta de su plantilla. Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.