Decreto 92/2022, Reglamento de la Intervención General de la Junta de Andalucía

Artículo 1. Objeto

En pocas palabras

El Reglamento desarrolla la organización y las funciones que el Título V del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) atribuye a la Intervención General de la Junta de Andalucía, y también las funciones que en materia de subvenciones se le atribuyen en el Título VII del mismo texto.

Explicación sencilla

Delimita qué desarrolla el Reglamento: la organización y las funciones de la Intervención General, ancladas en dos títulos concretos del Texto Refundido, el V y, para las subvenciones, el VII. Fija además la forma abreviada «Intervención General».

Regla mnemotécnica

Dos títulos del Texto Refundido (Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo): V para organización y funciones, VII para subvenciones.

Trampa típica de examen

Situar en el Título V las funciones en materia de subvenciones: el artículo dice que esas funciones se atribuyen a la Intervención General en el Título VII del Texto Refundido.

Texto del artículo 1 del Decreto 92/2022 (ROFIG)

Este Reglamento tiene por objeto el desarrollo de la organización y de las funciones que el Título V del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, atribuye a la Intervención General de la Junta de Andalucía (en adelante «Intervención General»), así como de las funciones que en materia de subvenciones se le atribuyen en el Título VII del mismo.

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