Decreto 601/2019, de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía
Artículo 17. Funciones en materia de transparencia y participación públicas
En pocas palabras
En transparencia y participación, la Inspección General de Servicios vela por el cumplimiento de las obligaciones de los órganos de la Junta conforme al artículo 41.4 de la Ley 1/2014 y al artículo 15 del Decreto 289/2015, sin perjuicio del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, y por la efectiva participación ciudadana en los asuntos públicos. Entre otras actuaciones: vela por la publicidad activa y el derecho de acceso; comprueba los medios de participación ciudadana; y analiza los cauces para que el personal proponga sugerencias y proyectos de mejora.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 17 del Decreto 601/2019 (DIGS)
1. En esta materia corresponde a la Inspección General de Servicios velar por el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a los órganos de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, así como en el artículo 15 del Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Así mismo velará por la efectiva participación de la ciudadanía en los asuntos públicos. 2. Esta función, comprende, entre otras, las siguientes actuaciones: a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en todo aquello que sea aplicable a la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, de acuerdo con la normativa en materia de transparencia. b) Comprobar la existencia de procedimientos, medios e instrumentos para la efectiva participación ciudadana en los asuntos públicos. c) Analizar la existencia de procedimientos, medios e instrumentos para que el personal al servicio de la Administración Pública pueda proponer sugerencias y proyectos de mejora en la actividad de la misma.
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