Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 52. Titulares de órganos directivos

Título V. El principio de igualdad en el empleo público›Capítulo II. El principio de presencia equilibrada en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella

En pocas palabras

El Gobierno atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres al nombrar a las personas titulares de los órganos directivos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Esos órganos se consideran en su conjunto, y el precepto se refiere a aquellos cuya designación corresponda al Gobierno.

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Texto del artículo 52 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)

El Gobierno atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento de las personas titulares de los órganos directivos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, considerados en su conjunto, cuya designación le corresponda.

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