Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 37. Corporación RTVE

Título III. Igualdad y medios de comunicación

En pocas palabras

La Corporación RTVE, en el ejercicio de su función de servicio público, perseguirá en su programación cuatro objetivos: reflejar adecuadamente la presencia de las mujeres en los diversos ámbitos de la vida social; utilizar el lenguaje en forma no sexista; adoptar, mediante la autorregulación, códigos de conducta para transmitir el principio de igualdad; y colaborar con las campañas institucionales. Además promoverá la incorporación de las mujeres a puestos de responsabilidad directiva y profesional y fomentará la relación con asociaciones y grupos de mujeres.

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Texto del artículo 37 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)

1. La Corporación RTVE, en el ejercicio de su función de servicio público, perseguirá en su programación los siguientes objetivos: a) Reflejar adecuadamente la presencia de las mujeres en los diversos ámbitos de la vida social. b) Utilizar el lenguaje en forma no sexista. c) Adoptar, mediante la autorregulación, códigos de conducta tendentes a transmitir el contenido del principio de igualdad. d) Colaborar con las campañas institucionales dirigidas a fomentar la igualdad entre mujeres y hombres y a erradicar la violencia contra las mujeres. 2. La Corporación RTVE promoverá la incorporación de las mujeres a puestos de responsabilidad directiva y profesional. Asimismo, fomentará la relación con asociaciones y grupos de mujeres para identificar sus necesidades e intereses en el ámbito de la comunicación.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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