Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
Artículo 17. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades
Título II. Políticas públicas para la igualdad›Capítulo I. Principios generales
En pocas palabras
El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. El Plan incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. El artículo no fija cada cuánto tiempo se aprueba: dice «periódicamente».
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)
El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.
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