Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 82. Prescripción de las sanciones

Título V. Infracciones y sanciones›Capítulo II. Sanciones

En pocas palabras

Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescriben a los tres años, las impuestas por infracciones graves a los dos años y las impuestas por infracciones leves al año. Todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

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Texto del artículo 82 de la Ley 12/2007 (LIGA)

Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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