Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 59. Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres

Título III. Organización institucional y coordinación entre las distintas Administraciones públicas para la igualdad de género

En pocas palabras

Se creará la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres, órgano colegiado para el seguimiento de las acciones y actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de igualdad de género. En ella estarán representadas todas las Consejerías de la Junta de Andalucía y la presidirá la persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad. Su composición, competencias y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

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Texto del artículo 59 de la Ley 12/2007 (LIGA)

1. Se creará la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en la que estarán representadas todas las Consejerías de la Junta de Andalucía, como órgano colegiado para el seguimiento de las acciones y actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de igualdad de género, que será presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad. 2. Su composición, competencias y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

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