Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 49. Mujeres migrantes

Título II. Medidas para promover la igualdad de género›Capítulo IV. Políticas de promoción y protección de la salud y de bienestar social›Sección 2.ª. Políticas Sociales

En pocas palabras

Los poderes públicos de Andalucía tienen cuatro mandatos respecto de las mujeres migrantes: promover su integración, participación y promoción; realizar actuaciones para promover la interculturalidad y el valor de la diversidad, dentro de un marco de derechos y de igualdad plena de las mujeres; velar por su acceso al empleo y a los servicios; y conceder protección en situaciones de violencia de género.

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Texto del artículo 49 de la Ley 12/2007 (LIGA)

Los poderes públicos de Andalucía promoverán la integración, participación y promoción de las mujeres migrantes, realizarán actuaciones para promover la interculturalidad y el valor de la diversidad dentro de un marco de derechos y de igualdad plena de las mujeres, velarán por el acceso al empleo y a los servicios de las mujeres migrantes y concederán protección en situaciones de violencia de género.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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