Real Decreto Legislativo 2/2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Artículo 183. Régimen jurídico
En pocas palabras
La ejecución de los créditos del presupuesto de gastos de las entidades locales se rige por lo dispuesto en la sección de la ley en que se integra el artículo y, de forma complementaria, por las normas que dicte cada entidad y que queden plasmadas en las bases de ejecución del presupuesto.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 183 del Real Decreto Legislativo 2/2004 (TRLRHL)
La ejecución de los créditos consignados en el presupuesto de gastos de las entidades locales se efectuará conforme a lo dispuesto en la presente sección y, complementariamente, por las normas que dicte cada entidad y queden plasmadas en las bases de ejecución del presupuesto.
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