Artículo 29. Del control de los actos del Gobierno
En pocas palabras
El Gobierno está sujeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico en toda su actuación. Todos sus actos y omisiones están sometidos al control político de las Cortes Generales. Los actos, la inactividad y las actuaciones materiales que constituyan una vía de hecho del Gobierno y de los órganos y autoridades regulados en la Ley son impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con su Ley reguladora. La actuación del Gobierno es impugnable ante el Tribunal Constitucional en los términos de su Ley Orgánica reguladora.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 29 de la Ley 50/1997, del Gobierno
1. El Gobierno está sujeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico en toda su actuación. 2. Todos los actos y omisiones del Gobierno están sometidos al control político de las Cortes Generales. 3. Los actos, la inactividad y las actuaciones materiales que constituyan una vía de hecho del Gobierno y de los órganos y autoridades regulados en la presente Ley son impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en su Ley reguladora. 4. La actuación del Gobierno es impugnable ante el Tribunal Constitucional en los términos de la Ley Orgánica reguladora del mismo.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.