Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 28. Medio ambiente

Título I. Derechos sociales, deberes y políticas públicas›Capítulo II. Derechos y deberes

En pocas palabras

Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable y a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad, debiendo hacer un uso responsable para evitar su deterioro y conservarlo para las generaciones futuras. Se garantiza mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales. Todas tienen derecho a la información medioambiental de que disponen los poderes públicos, según las leyes.

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Texto del artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

1. Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable, así como a disfrutar de los recursos naturales, del entorno y el paisaje en condiciones de igualdad, debiendo hacer un uso responsable del mismo para evitar su deterioro y conservarlo para las generaciones futuras, de acuerdo con lo que determinen las leyes. 2. Se garantiza este derecho mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales. 3. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información medioambiental de que disponen los poderes públicos, en los términos que establezcan las leyes.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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