Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía

Artículo 243. Relaciones culturales con otros Estados

Título IX. Relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma›Capítulo IV. Acción exterior

En pocas palabras

La Comunidad Autónoma podrá solicitar del Gobierno que celebre, y presente en su caso a las Cortes Generales para su autorización, los tratados o convenios que permitan el establecimiento de relaciones culturales con los Estados con los que mantenga particulares vínculos culturales o históricos.

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Texto del artículo 243 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)

La Comunidad Autónoma podrá solicitar del Gobierno que celebre y presente, en su caso, a las Cortes Generales, para su autorización, los tratados o convenios que permitan el establecimiento de relaciones culturales con los Estados con los que mantenga particulares vínculos culturales o históricos.

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