Ley Orgánica 2/2007, Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 185. Gestión de los fondos europeos
Título VI. Economía, empleo y hacienda›Capítulo III. Hacienda de la Comunidad Autónoma›Sección Primera. Recursos
En pocas palabras
Corresponde a la Comunidad Autónoma la gestión, planificación y ejecución de los fondos europeos destinados a Andalucía y, en general, de los que se canalicen a través de programas europeos asignados a la misma, en especial los aprobados en aplicación de criterios de convergencia o derivados de la situación específica de Andalucía. Estos fondos podrán ser modulados por la Comunidad Autónoma de Andalucía con criterios sociales y territoriales, dentro del respeto a las normas europeas aplicables.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 185 de la Ley Orgánica 2/2007 (EAA)
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la gestión, planificación y ejecución de los fondos europeos destinados a Andalucía y, en general, de los que se canalicen a través de programas europeos, asignados a la misma, en especial de aquellos aprobados en aplicación de criterios de convergencia o derivados de la situación específica de Andalucía. 2. Los fondos que se reciban en estos conceptos podrán ser modulados con criterios sociales y territoriales por la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro del respeto a las normas europeas aplicables.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.