Decreto 51/2025, de planificación y ordenación del empleo público de la Junta

Artículo 17. Convocatorias ordinarias con reserva de plazas para personas con discapacidad

En pocas palabras

En las convocatorias ordinarias con reserva de plazas para personas con discapacidad, las pruebas tienen idéntico contenido para todas las personas aspirantes, sea cual sea el turno, sin perjuicio de las adaptaciones y de lo previsto para la discapacidad intelectual. Los dos turnos reciben tratamiento único en las relaciones de personas admitidas y en los llamamientos a los ejercicios. Cabe un tratamiento diferenciado en la adjudicación de destinos cuando las circunstancias lo justifiquen y, en todo caso, para quienes en su vida diaria dependan de terceras personas.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 17 del Decreto 51/2025 (DEP)

Cuando se realicen convocatorias ordinarias con reserva de plazas para personas con discapacidad, las pruebas selectivas tendrán idéntico contenido para todas las personas aspirantes, independientemente del turno por el que se opte, sin perjuicio de lo establecido en materia de adaptaciones y para personas con discapacidad intelectual. Durante el procedimiento selectivo se dará un tratamiento único a los dos turnos, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y a los llamamientos a los ejercicios. No obstante, cuando las circunstancias lo justifiquen, podrá establecerse un tratamiento diferenciado en la adjudicación de destinos y, en todo caso, a quienes en su vida diaria dependan de terceras personas. Asimismo, se llevarán a cabo las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo, medios y accesibilidad en el proceso selectivo que correspondan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de este decreto.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Decreto 51/2025 (DEP)