VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía

Artículo 8. Indivisibilidad del Convenio

En pocas palabras

Las condiciones pactadas en el Convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, se consideran global y conjuntamente. Por eso, si algunas de sus disposiciones resultan anuladas judicialmente o no aprobadas administrativamente, se procede a renegociar el Convenio en su totalidad.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 8 de la VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (VI CC)

Las condiciones pactadas en el presente Convenio Colectivo forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas global y conjuntamente, por lo que de resultar anuladas judicialmente o no aprobadas administrativamente algunas de sus disposiciones, se procederá a la renegociación del Convenio en su totalidad.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (VI CC)