VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía

Artículo 53. Comités de Seguridad y Salud

En pocas palabras

El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación, de consulta regular y periódica sobre las actuaciones preventivas de la Administración. Lo forman los Delegados y Delegadas de Prevención del ámbito e igual número de representantes de la Administración, y adopta sus propias normas de funcionamiento. En cada provincia se constituyen tres: el de Obras Públicas y Transportes, Agricultura y Pesca y Medio Ambiente; el de Asuntos Sociales y el Instituto Andaluz de Servicios Sociales; y el de Administración General de las demás Consejerías que enumera.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 53 de la VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (VI CC)

1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de prevención de riesgos laborales respecto de su personal. 2. Cada Comité estará constituido por los Delegados y Delegadas de Prevención que se designen en el ámbito correspondiente y por igual número de representantes de la Administración. 3. Los Comités de Seguridad y Salud adoptarán sus propias normas de funcionamiento, y tendrán las competencias y facultades establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Acuerdo sobre derechos de participación en materia de prevención de riesgos laborales. 4. En atención a las peculiaridades de los diferentes colectivos, en cada provincia se constituirán los siguientes Comités de Seguridad y Salud para el personal incluido en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo: - Comité de Seguridad y Salud del personal laboral que presta servicios en las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, Agricultura y Pesca y Medio Ambiente. - Comité de Seguridad y Salud del personal laboral que presta servicios en la Consejería de Asuntos Sociales y en el Instituto Andaluz de Servicios Sociales. - Comité de Seguridad y Salud del personal laboral de Administración General de las Consejerías de la Presidencia, Turismo y Deporte, Relaciones Institucionales, Economía y Hacienda, Gobernación, Justicia y Administración Pública, Empleo y Desarrollo Tecnológico, Salud, Educación y Ciencia y Cultura, así como el personal laboral que presta servicios en los respectivos Organismos Autónomos dependientes de estas Consejerías.

1 pregunta de test sobre este artículo

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (VI CC)