Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Artículo 327. Mesa especial del diálogo competitivo o del procedimiento de asociación para la innovación

Libro Cuarto. Organización administrativa para la gestión de la contratación›Título I. Órganos competentes en materia de contratación›Capítulo II. Órganos de asistencia

En pocas palabras

En los procedimientos de diálogo competitivo o de asociación para la innovación que sigan las Administraciones Públicas se constituye una mesa con la composición del apartado 3 del artículo anterior, a la que se incorporan personas especialmente cualificadas en la materia, designadas por el órgano de contratación. Su número será igual o superior a un tercio de los componentes de la Mesa y participan en las deliberaciones con voz y voto.

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Texto del artículo 327 de la Ley 9/2017 (LCSP)

Para asistir al órgano de contratación en los procedimientos de diálogo competitivo o de asociación para la innovación que se sigan por las Administraciones Públicas, se constituirá una mesa con la composición señalada en el apartado 3 del artículo anterior a la que se incorporarán personas especialmente cualificadas en la materia sobre la que verse el diálogo o la asociación para la innovación, designadas por el órgano de contratación. El número de estas personas será igual o superior a un tercio de los componentes de la Mesa y participarán en las deliberaciones con voz y voto.

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