Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
Artículo 173. Primas o compensaciones
Libro Segundo. De los contratos de las Administraciones Públicas›Título I. Disposiciones generales›Capítulo I. De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas›Sección 2.ª. De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas›Subsección 5.ª. Diálogo competitivo
En pocas palabras
En el diálogo competitivo, los órganos de contratación podrán establecer en el documento descriptivo primas o compensaciones para todos o algunos de los participantes. Si no son para todos, se reconocen a quienes obtuvieron los primeros puestos en el orden de clasificación de las ofertas, y su cuantía debe ser suficiente para fomentar la participación. Si se reconocen, el expediente debe acreditar la cobertura financiera. El pago se hace conforme al artículo 198, contando los plazos desde el día siguiente a la formalización del contrato.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 173 de la Ley 9/2017 (LCSP)
1. Con el objetivo de fomentar la participación de las empresas que puedan ofrecer las soluciones más apropiadas e innovadoras, los órganos de contratación podrán establecer en el documento descriptivo primas o compensaciones para todos o algunos de los participantes en el diálogo. En el supuesto de que no se reconozcan primas o compensaciones para todos los participantes, estas se reconocerán a los que obtuvieron los primeros puestos en el orden de clasificación de las ofertas. Las cantidades que se fijen deberán ser suficientes para el cumplimiento del objetivo mencionado en el párrafo anterior. 2. En el caso en que se reconozcan primas o compensaciones, en el expediente de contratación se deberá acreditar la cobertura financiera necesaria para hacer frente al pago derivado de las mismas. 3. El pago de las cantidades a las que se refiere el primer apartado de este artículo, se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 198, contándose los plazos previstos en él a partir del día siguiente a aquel en que se produjo la formalización del contrato.
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