Decreto 39/2011, de organización de la contratación de la Junta de Andalucía

Artículo 49. Modelos de Pliegos de cláusulas administrativas particulares

En pocas palabras

La Comisión Consultiva de Contratación Pública podrá recomendar a los órganos de contratación la utilización de modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares. Esos modelos han de estar previamente informados por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y aprobados por los órganos de contratación. Los pliegos particulares que se ajusten al contenido de los modelos no requerirán nuevo informe del Gabinete Jurídico.

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Texto del artículo 49 del Decreto 39/2011 (DCA)

La Comisión Consultiva de Contratación Pública podrá recomendar a los órganos de contratación la utilización de modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares previamente informados por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y aprobados por los órganos de contratación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares que se ajusten al contenido de los modelos no requerirán nuevo informe del Gabinete Jurídico.

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