Orden de 19 de febrero de 2015, de contabilidad pública de la Junta de Andalucía
Artículo 46. Tratamiento masivo
En pocas palabras
Cuando el volumen de los asientos de operaciones como traspasos, operaciones procedentes del Sistema Unificado de Recursos, operaciones de los distintos mecanismos extraordinarios de financiación y otras análogas lo requiera, la Intervención General procederá al tratamiento masivo de los datos que sea necesario para que puedan completarse.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 46 de la Orden de 19 de febrero de 2015 (OCP)
Cuando el volumen de los asientos de operaciones tales como traspasos, operaciones procedentes del Sistema Unificado de Recursos, operaciones de los distintos mecanismos extraordinarios de financiación, y otras análogas lo requieran, se procederá por la Intervención General al tratamiento masivo de los datos que sea necesario para que puedan completarse.
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