Resolución de 22 de octubre de 2020, Código de Conducta en el uso de las TIC

Artículo 4. Principios de uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación

En pocas palabras

En el uso de las TIC los profesionales deberán respetar seis principios: a) servicio y proximidad a la ciudadanía; b) responsabilidad, profesionalidad y cualificación profesional; c) seguridad; d) protección de datos personales, tanto de la ciudadanía como de los profesionales; e) eficacia en el desempeño de las funciones y eficiencia en la utilización de los recursos públicos; y f) accesibilidad de las tecnologías y contenidos, especialmente en la relación con la ciudadanía.

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Texto del artículo 4 de la Resolución de 22 de octubre de 2020 (CCTIC)

4.1. Los profesionales deberán respetar, en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, los siguientes principios: a) Servicio y proximidad a la ciudadanía. b) Responsabilidad, profesionalidad y cualificación profesional. c) Seguridad. d) Protección de datos personales, tanto de la ciudadanía como de los profesionales. e) Eficacia en el desempeño de las funciones y eficiencia en la utilización de los recursos públicos. f) Accesibilidad de las tecnologías y contenidos, especialmente en la relación con la ciudadanía.

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