Constitución Española

Artículo 84. Oposición del Gobierno a la tramitación contraria a una delegación

Título III. De las Cortes Generales›Capítulo Segundo. De la elaboración de las leyes

En pocas palabras

Cuando una proposición de ley o una enmienda sea contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto puede presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

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Texto del artículo 84 de la Constitución Española

Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

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