Artículo 58. La Reina consorte y el consorte de la Reina
Título II. De la Corona
En pocas palabras
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 58 de la Constitución Española
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
Practica Constitución Española con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.