Artículo 32. Derecho al matrimonio
Título I. De los derechos y deberes fundamentales›Capítulo Segundo. Derechos y libertades›Sección 2.ª. De los derechos y deberes de los ciudadanos
En pocas palabras
El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 32 de la Constitución Española
1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. 2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
Practica Constitución Española con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.