Constitución Española

Artículo 139. Igualdad de derechos y libre circulación de bienes

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado›Capítulo Primero. Principios generales

En pocas palabras

Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas ni la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

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Texto del artículo 139 de la Constitución Española

1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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