Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía

Artículo 1. Objeto

Título Preliminar. Disposiciones generales

En pocas palabras

La ley regula, por un lado, la gestión, la protección, el acceso y la difusión de dos realidades: los documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía. Por otro lado, regula la coordinación, planificación, organización y funcionamiento del Sistema Archivístico de Andalucía.

Explicación sencilla

Fija de qué se ocupa la ley: cuatro acciones sobre los documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía (gestión, protección, acceso y difusión) y cuatro aspectos del Sistema Archivístico de Andalucía (coordinación, planificación, organización y funcionamiento).

Regla mnemotécnica

Documentos y Patrimonio: GPAD (Gestión, Protección, Acceso, Difusión). Sistema Archivístico: CPOF (Coordinación, Planificación, Organización, Funcionamiento).

Trampa típica de examen

Cruzar las dos series: la coordinación, planificación, organización y funcionamiento se predican del Sistema Archivístico de Andalucía, mientras que la gestión, la protección, el acceso y la difusión se refieren a los documentos de titularidad pública y al Patrimonio Documental de Andalucía.

Texto del artículo 1 de la Ley 7/2011 (LDAPD)

La presente ley tiene por objeto regular la gestión, la protección, el acceso y la difusión de los documentos de titularidad pública y del Patrimonio Documental de Andalucía, así como la coordinación, planificación, organización y funcionamiento del Sistema Archivístico de Andalucía.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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