Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 61. Patrimonio
Título III. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo II. Agencias›Sección 1.ª. Disposiciones comunes
En pocas palabras
El régimen jurídico del patrimonio de las agencias es el previsto en la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 61 de la Ley 9/2007 (LAJA)
El régimen jurídico del patrimonio de las agencias será el previsto en la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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