Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía

Artículo 61. Patrimonio

Título III. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo II. Agencias›Sección 1.ª. Disposiciones comunes

En pocas palabras

El régimen jurídico del patrimonio de las agencias es el previsto en la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Texto del artículo 61 de la Ley 9/2007 (LAJA)

El régimen jurídico del patrimonio de las agencias será el previsto en la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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