Decreto 299/2002, de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados de la UE
Artículo 9. Especificaciones que han de figurar en las convocatorias de acceso
En pocas palabras
Las convocatorias de acceso deben recoger expresamente los criterios y determinaciones que establece el Decreto. La obligación alcanza tanto a las convocatorias para cuerpos, especialidades y opciones de acceso de personal funcionario como a las de categorías y plazas de personal laboral.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 9 del Decreto 299/2002 (DAE)
Las convocatorias para el acceso a cuerpos, especialidades y opciones de acceso de personal funcionario, y a categorías y plazas de personal laboral, recogerán expresamente los criterios y determinaciones establecidos en el presente Decreto.
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