Ley 13/2007, de prevención y protección integral contra la violencia de género
Artículo 31. Actuaciones de colaboración
Título II. Protección y atención a las víctimas›Capítulo II. Ámbito de seguridad
En pocas palabras
Los poderes públicos elaborarán planes de colaboración para ordenar sus actuaciones de prevención, asistencia y persecución de la violencia de género, que deberán implicar a las Administraciones sanitarias, la Administración de justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales y organismos de igualdad. La Administración de la Junta de Andalucía y las entidades locales que cuenten con Cuerpos de Policía cooperarán, proveerán lo necesario para aplicar las medidas judiciales de protección y elaborarán protocolos con los órganos judiciales.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 31 de la Ley 13/2007 (LVGA)
1. Los poderes públicos elaborarán planes de colaboración que garanticen la ordenación de sus actuaciones en la prevención, asistencia y persecución de los actos de violencia de género, que deberán implicar a las Administraciones sanitarias, la Administración de justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales y organismos de igualdad. 2. En el marco de las competencias que la legislación atribuye a las distintas Administraciones en materia de seguridad pública, la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades locales que cuenten con Cuerpos de Policía cooperarán a fin de implementar medidas eficaces para la erradicación de la violencia de género. 3. Igualmente, en su caso, proveerán lo necesario para la aplicación, por los referidos cuerpos policiales, de las medidas judiciales que se adopten en cada caso concreto en materia de protección, y en los casos que se determine la especial peligrosidad objetiva del agresor. 4. En este ámbito, elaborarán protocolos de actuación y coordinación con los órganos judiciales para la protección de las mujeres víctimas de violencia de género. 5. Asimismo, y en el marco de la legislación reguladora sobre la materia, se impulsará el perfeccionamiento y modernización de los medios necesarios para el mejor cumplimiento de sus fines y en particular los sistemas de localización permanente del agresor.
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