Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno
Artículo 36. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno
Título III. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
En pocas palabras
La Comisión ejerce las competencias que le asigna la Ley y las de su normativa de desarrollo. La componen el Presidente, un Diputado, un Senador y un representante de cada uno de estos: Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo, Agencia Española de Protección de Datos, Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. Ser miembro no exige dedicación exclusiva ni da derecho a remuneración, salvo lo previsto en el artículo siguiente. Al menos una vez al año convoca a los representantes de los organismos autonómicos de funciones similares.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 36 de la Ley 19/2013 (LTBG)
1. La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno ejercerá todas las competencias que le asigna esta Ley, así como aquellas que les sean atribuidas en su normativa de desarrollo. 2. Dicha Comisión estará compuesta por: a) El Presidente. b) Un Diputado. c) Un Senador. d) Un representante del Tribunal de Cuentas. e) Un representante del Defensor del Pueblo. f) Un representante de la Agencia Española de Protección de Datos. g) Un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. h) Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 3. La condición de miembro de la Comisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no exigirá dedicación exclusiva ni dará derecho a remuneración con excepción de lo previsto en el artículo siguiente. 4. Al menos una vez al año, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno convocará a los representantes de los organismos que, con funciones similares a las desarrolladas por ella, hayan sido creados por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias. A esta reunión podrá ser convocado un representante de la Administración Local propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
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