Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 2. Definiciones

Título I. Disposiciones generales

Ha caído en 1 examen oficial del IAAP

  • C1.1000 · promoción interna · OEP 2019/2020/2021 · ejercicio único

Oposiciones de la Junta de Andalucía. Qué exámenes tenemos

En pocas palabras

Define cuatro conceptos. Información pública: contenidos o documentos, en cualquier formato o soporte, que obren en poder de las personas y entidades del título y hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Publicidad activa: obligación de hacer pública por propia iniciativa la información pública de relevancia. Acceso a la información pública: posibilidad de acceder a ella con seguridad sobre su veracidad. Portal de la Junta de Andalucía: dirección electrónica cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Administración de la Junta, totalmente gratuita.

Explicación sencilla

Da el significado de los términos que usa la ley: información pública, publicidad activa, acceso a la información pública y Portal de la Junta de Andalucía. Sirve para distinguir la obligación de publicar por propia iniciativa de la posibilidad de acceder a la información.

Regla mnemotécnica

IPAP: Información pública (lo que obra en su poder), Publicidad activa (publicar por propia iniciativa), Acceso a la información pública (posibilidad de acceder), Portal de la Junta de Andalucía (dirección electrónica totalmente gratuita).

Trampa típica de examen

Creer que solo es información pública la que elabora la propia entidad. También lo es la adquirida en el ejercicio de sus funciones, cualquiera que sea su formato o soporte.

Texto del artículo 2 de la Ley 1/2014 (LTPA)

A los efectos de la presente ley, se entiende por: a) Información pública: los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguna de las personas y entidades incluidas en el presente título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. b) Publicidad activa: la obligación de las personas y entidades a las que hacen referencia los artículos 3 y 5 de hacer pública por propia iniciativa, en los términos previstos en la presente ley, la información pública de relevancia que garantice la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de su actuación pública. c) Acceso a la información pública: posibilidad de acceder a la información pública que obre en poder de las entidades sujetas al ámbito de la presente ley con seguridad sobre su veracidad y sin más requisitos que los establecidos en la misma y en la normativa básica estatal. d) Portal de la Junta de Andalucía: dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, que tiene por objeto poner a disposición de la ciudadanía toda clase de servicios e informaciones relacionadas con la Comunidad Autónoma de Andalucía de manera totalmente gratuita, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de la información y atención a la ciudadanía y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

3 preguntas de test sobre este artículo

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