Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales
Artículo 16. Derecho a la limitación del tratamiento
Título III. Derechos de las personas›Capítulo II. Ejercicio de los derechos
En pocas palabras
El derecho a la limitación del tratamiento se ejerce conforme al artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/679. Regla propia: el hecho de que el tratamiento de los datos personales esté limitado debe constar claramente en los sistemas de información del responsable.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
1. El derecho a la limitación del tratamiento se ejercerá de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/679. 2. El hecho de que el tratamiento de los datos personales esté limitado debe constar claramente en los sistemas de información del responsable.
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