Ley 50/1997, del Gobierno

Artículo 22. Del ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno

En pocas palabras

El Gobierno ejercerá la iniciativa y la potestad reglamentaria de conformidad con los principios y reglas establecidos en dos lugares: el Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el propio Título de la Ley del Gobierno en el que se encuentra este artículo.

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Texto del artículo 22 de la Ley 50/1997, del Gobierno

El Gobierno ejercerá la iniciativa y la potestad reglamentaria de conformidad con los principios y reglas establecidos en el Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el presente Título.

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