Decreto 51/2025, de planificación y ordenación del empleo público de la Junta
Artículo 80. Participantes
En pocas palabras
Puede participar el personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta, en cualquier situación administrativa, salvo el suspenso en firme y el imposibilitado por sanción de demérito, mientras duren. En excedencia voluntaria por interés particular o agrupación familiar, solo con más de un año; con reserva de puesto, al menos seis meses; en la incentivada, más de cinco años. El sancionado con traslado con cambio de residencia no obtiene destino en la localidad de origen durante un año (falta muy grave) o seis meses (grave), desde el traslado.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 80 del Decreto 51/2025 (DEP)
1. Podrá participar en los procedimientos cuya forma de provisión en la relación de puestos de trabajo sea la libre designación el personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, con las siguientes particularidades: a) No podrá participar el personal suspenso en firme mientras dure la suspensión y el personal que, por sanción de demérito, esté imposibilitado para participar en procedimientos de provisión, mientras dure la sanción. b) El personal funcionario de carrera en situación de excedencia voluntaria por interés particular o en excedencia voluntaria por agrupación familiar sólo podrá participar si llevase más de un año en dicha situación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si el funcionario de carrera se encontrase en la situación de excedencia con reserva de puesto solo podrá participar si llevase, al menos, seis meses en la citada situación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Desde la situación administrativa de excedencia voluntaria incentivada solo será posible la participación si llevase más de cinco años en dicha situación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) El personal funcionario de carrera sancionado con traslado con cambio de residencia no podrá obtener nuevo destino en la localidad desde la que fue trasladado durante un año, cuando la sanción se hubiese impuesto por falta muy grave, o durante seis meses, cuando hubiese sido consecuencia de la comisión de una falta grave. Dicho plazo se computará, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, desde el momento en que se efectuó el traslado. 2. Las personas participantes deberán cumplir los requisitos y competencias exigidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo y recogidos en la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
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