Decreto del Presidente 9/2026, de las Consejerías de la Junta de Andalucía

Artículo 6. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

En pocas palabras

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural conserva las competencias que ya tenía en agricultura, ganadería, pesca, acuicultura y economía azul, agroalimentación, agua, desarrollo rural y animales de compañía. Se mantienen adscritas a ella AGAPA (Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía), IFAPA (Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica) y AMAYA (Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía), esta última adscrita asimismo a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

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Texto del artículo 6 del Decreto del Presidente 9/2026 (DPC)

1. Corresponden a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural las competencias que ya tenía atribuidas en materia de agricultura, ganadería, pesca, acuicultura y economía azul, agroalimentación, agua, desarrollo rural y animales de compañía. 2. Se mantienen adscritas a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en virtud de la normativa vigente las siguientes entidades: La Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía «AGAPA» El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica «IFAPA». La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía «AMAYA», asimismo adscrita a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

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