Decreto del Presidente 9/2026, de las Consejerías de la Junta de Andalucía
Artículo 14. Consejería de Fomento y Movilidad
En pocas palabras
Esta Consejería asume: infraestructuras viarias y de transportes (Red de Carreteras de Andalucía, vías ciclistas, ferrocarriles) con itinerarios íntegramente en Andalucía, excluidas las de titularidad provincial o municipal; transportes, puertos y aeropuertos que no sean de interés general del Estado, y los de interés general cuando el Estado no se reserve su gestión directa; y la Red de Áreas Logísticas de Andalucía. Mantiene adscritas AOPJA y APPA. Se le adscriben nueve consorcios: Almería, Bahía de Cádiz, Campo de Gibraltar, Córdoba, Granada, Costa de Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 14 del Decreto del Presidente 9/2026 (DPC)
1. Corresponden a la Consejería de Fomento y Movilidad las competencias en materia de: a) Movilidad e infraestructuras viarias y de transportes, como la Red de Carreteras de Andalucía, incluyendo sus zonas funcionales y de dominio público adyacente; vías ciclistas, ferrocarriles y otras infraestructuras viarias, cuyos itinerarios se desarrollen íntegramente en el territorio de Andalucía, con exclusión de aquellas de titularidad provincial o municipal. b) Los transportes terrestres, marítimos, fluviales, por cable, puertos, aeropuertos, helipuertos, y demás infraestructuras del transporte que no tengan la calificación de interés general del Estado, ordenación del transporte de mercancías y de viajeros y viajeras que tengan su origen y destino en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el Estado, y puertos y aeropuertos con calificación de interés general, cuando el Estado no se reserve su gestión directa. La gestión y desarrollo de la Red de Áreas Logísticas de Andalucía, y el impulso de la intermodalidad en aquellas. Asimismo, la investigación, desarrollo, innovación y la superior inspección y el control de la calidad de las infraestructuras viarias y de transporte de competencia autonómica. 2. Se mantienen adscritas a la Consejería de Fomento y Movilidad en virtud de la normativa vigente las siguientes entidades: La Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía «AOPJA». La Agencia Pública de Puertos de Andalucía «APPA». 3. Se adscriben a la Consejería de Fomento y Movilidad los siguientes: Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería. Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz. Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar. Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada. Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva. Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Jaén. Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga. Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla.
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