Resolución de 22 de octubre de 2020, Código de Conducta en el uso de las TIC

Artículo 15. Política de seguridad

En pocas palabras

Los profesionales deberán conocer y cumplir la política de seguridad de las tecnologías de la información y la comunicación aplicable en su Consejería o Agencia, así como los instrumentos que la desarrollen. Son dos deberes (conocer y cumplir) sobre dos objetos (la política de seguridad y sus instrumentos de desarrollo).

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Texto del artículo 15 de la Resolución de 22 de octubre de 2020 (CCTIC)

Los profesionales deberán conocer y cumplir la política de seguridad de las tecnologías de la información y la comunicación aplicable en su Consejería o Agencia, así como los instrumentos que la desarrollen.

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