Constitución Española

Artículo 47. Derecho a una vivienda digna

Título I. De los derechos y deberes fundamentales›Capítulo Tercero. De los principios rectores de la política social y económica

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  • C2.1000 · libre · OEP 2022/2023 · ejercicio único

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En pocas palabras

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacerlo efectivo, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

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Texto del artículo 47 de la Constitución Española

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

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